29 mayo 2012

Dan 3 meses para cumplir con aumento salarial

Los empleadores de la empresa privada tienen un plazo de tres meses a partir del 31 de mayo para demostrar ante el Ministerio de Trabajo que cumplieron con el incremento salarial de al menos ocho por ciento para sus dependientes, así como el pago retroactivo de ese beneficio desde enero del presente año.

El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, anunció la vigencia del reglamento del decreto supremo 1213 de incremento salarial con base del ocho por ciento.

El artículo cinco de esta norma dice: “El convenio colectivo de incremento salarial deberá presentarse obligatoriamente hasta el 31 de agosto de 2012 en las jefaturas departamentales y regionales de Trabajo”.

El parágrafo III de ese artículo además especifica que los empleadores deben acompañar esa documentación con la planilla de reintegro del incremento salarial retroactivo a enero de 2012. Este beneficio debe ser cumplido por las empresas privadas desde el sueldo de mayo.

El incumplimiento de la presentación y por tanto del incremento salarial será pasible a sanciones por parte del Ministerio, las cuales pueden ser multas de carácter pecuniario en base a las ganancias de la empresa.

Dicho aumento debe ser consensuado entre empleador y empleados, además de ser formalizado por un convenio colectivo firmado por ambas partes, según la norma anunciada ayer.

Sin embargo, el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Daniel Sánchez, adelantó que el aumento de mayo será de ocho por ciento, aunque los empresarios no lo hayan negociado con sus trabajadores.

Explicó que dado que ese aumento debe ser oficial desde este mes, muchas empresas no tienen, desde ayer hasta el jueves, tiempo suficiente para negociar con los empleados.

El reglamento de cumplimiento obligatorio establece que el incremento es de carácter retroactivo a enero de este año, por lo que los empleadores deben retribuir los montos de dinero que corresponden al aumento durante cuatro meses, hasta abril.

Pero ese pago será definido por la empresa, según su capacidad, precisó Sánchez. Señaló que algunas entidades podrán honrar ese monto del retroactivo en un solo sueldo, otras no.

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