31 mayo 2012

Ministerio desde junio controla el incremento y pago retroactivo

Durante el mes de junio se inicia el control a las planillas trimestrales que presentan las empresas e instituciones al Ministerio de Trabajo para verificar que los trabajadores reciban su incremento salarial del 8 por ciento y el pago retroactivo desde el mes de enero a abril. En caso de no cumplir con esta instructiva, se emiten las conminatorias para los empleadores.

La jefa Departamental del Trabajo en Tarija, Orlinda Girón, informó que según establece el Decreto Supremo 1213, las empresas deben comenzar a aplicar el incremento salarial para esta gestión a partir del mes de mayo. Los mecanismos para el control y plazos para la presentación de planillas de sueldo y convenios salariales, son los mismos de la gestión pasada.

Girón dijo que los requisitos para las empresas privadas son los mismos que el año pasado. Los mismos se pueden obtenerlos de la página web del Ministerio de Trabajo, en la que ya se halla el formulario de la declaración jurada del incremento salarial, además de otros documentos.

La norma establece claramente que el incremento del 8% es la base de negociación entre empleador y empleados. Su aplicabilidad es a partir del 1 de mayo de la presente gestión, por lo que realizan un control minucioso en empresas privadas para exigir el cumplimiento de la norma.

“Vamos hacer un control en el tema del trimestre, porque el Ministerio de Trabajo generalmente vienen las planillas cada 3 meses. Entonces en julio vamos a recibir las planillas ya con el incremento respectivo mayo y junio con los nuevos sueldos. Abril se trabaja con el sueldo anterior, pero adjuntando su planilla de retroactivo al incremento salarial”. Aunque no se tiene un plazo establecido para la presentación de la documentación, el Decreto Supremo establece que la aplicación es a partir del 1 de mayo, por cuanto la planilla del mayo ya debe considerar el 8% de incremento salarial en el sector privado y el 26,4% en el salario mínimo nacional en sectores públicos y privados.

2 comentarios:

  1. me gusta sus publicaciones son de muy buena ayuda

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  2. hola ua consulta ? si el salario minimo nacional antes del incremento era 815.40 y ahora cuanto seria el salario minimo nacional?

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