06 noviembre 2014

Plantean reducir hasta 90 días procesos laborales en caso de despido injustificado

El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, informó que la Cámara de Senadores debatirá en próximos días la ley de Procedimiento de Reincorporación por Inamovilidad y Estabilidad Laboral, que entre sus principales objetivos busca reducir hasta 90 días los procesos administrativos y judiciales, en caso de que un empleado sea despedido injustificadamente o no se respete el derecho de inamovilidad.


Santalla explicó que mientras dure ese proceso administrativo y judicial, en caso de despido injustificado, la empresa o institución deberá mantener en planillas al empleador y deberá continuar pagándole su salario en tanto dure el proceso de su reincorporación a su fuente de trabajo.


"Esta clase de procesos duran años, lo que estamos haciendo es que se pueda acortar tanto en la vía administrativa o sea en el Ministerio de Trabajo, como en la vía judicial, que no dure más de 60 o hasta 90 días porque hasta este momento los procesos duran un año, dos años, entonces esa clase de procesos le significa un costo al trabajador", manifestó Santalla.


Otra de las novedades de la norma es que ahora un grupo de trabajadores podrá hacer un reclamo conjunto y no individual como actualmente está establecido. Según el ministro lo más importante de esta ley es que los procesos ya no irán a la Corte Suprema de Justicia y si el empleador no cumple la reincorporación del trabajador, éste podrá ser detenido.


El proyecto de ley ya fue aprobado por la Cámara de Diputados el 17 de junio de este año y espera ser revisado por la Cámara Alta hasta que concluya la legislatura.


El proyecto de ley aprobado por Diputados, establece que: Cuando la trabajadora o el trabajador, sea despedido por causas no contempladas en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación.


No podrán optar por su reincorporación por estabilidad laboral, las personas que desempeñan altas funciones de confianza como presidente, vicepresidente y miembros de directorio con relación laboral bajo subordinación y dependencia; director ejecutivo, sub director ejecutivo, gerente, subgerente, director general o cargos de igual jerarquía.


Se considera que un trabajador es protegido por inamovilidad cuando sea dirigente sindical, trabajadora en estado de gestación, padre progenitor, trabajadora y trabajador con discapacidad, cónyuge, padre, madre o tutor de persona con discapacidad.

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