28 marzo 2017

El Gobierno ve 4 problemas por anulación del preaviso



A nombre del Gobierno nacional, el viceministro de Transparencia, Gonzalo Trigoso, expresó ayer su preocupación por la Sentencia Constitucional, 0009/17, emitida el viernes, por la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que declara inconstitucional el artículo 12 de la Ley General del Trabajo y advirtió de al menos cuatro escenarios que afectarían a los propios asalariados. A su vez, los trabajadores aseguran que esos temores se pueden subsanar con una nueva ley consensuada.

“No solo se ha eliminado el preaviso (de una relación obrero-patronal). Podemos estar de acuerdo con eso. Pero el problema es que esta sentencia genera grandes problemas que afectan gravemente a los intereses, derechos y garantías de todos los trabajadores que están bajo la Ley General del Trabajo”, advirtió Trigoso.

Los contratos
La autoridad detectó posibles acciones que irían en contra de los trabajadores, como que al haberse eliminado el artículo 12 en su totalidad, también han sido eliminadas las modalidades de los contratos de trabajo (civil y comercial).

A decir de Trigoso, que fue también ministro de Trabajo, antes del 22 de enero, los contratos de trabajo estarán amparados en decretos aprobados desde 1979, lo que “vale decir que habrá una flexibilización laboral, como el artículo 55 del Decreto Supremo (DS) 21060 con efectos demoledores para el derecho al trabajo”.

Cálculo del desahucio
Así también, Trigoso señaló que se elimina la forma del cálculo del desahucio.
“Todo trabajador que era despedido injustificadamente y aceptaba su despido, tenía derecho a beneficios sociales. Esto implica indemnización por tiempo de servicios, pero además tiene derecho al desahucio, una especie de seguro de cesantía. Pero al eliminarse la fórmula de cálculo del de- sahucio, ahora ya no sabemos cuántos salarios debe tener el trabajador. Esto quedará a discreción del empleador”, dijo Trigoso.


Aunque en 1989 se aplicó un decreto con una fórmula para ese cálculo, el viceministro asegura que hasta la Contraloría del Estado podría cuestionar el pago de este beneficio en el Estado.

Nuevas causales de despido
Asimismo, Trigoso explicó que la sentencia 0009/17 no solo falla con la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley laboral, sino que en su página 29 de su Sentencia, basado en el “principio de congruencia”, la normativa afirma que el trabajador no puede ser despedido arbitrariamente, sin que medie causa justificada, como lo establece el artículo 16 de la Ley General del Trabajo.
Pero a continuación, el fallo del TCP, enumera causas como “fuerza mayor”, “quiebra de la empresa”, “incapacidad física y mental del trabajador”, “edad de jubilación”, “causa de indisciplina” y “entre otras”.
“Con esto, se entiende que el TCP habría incorporado en esta sentencia nuevas causales de despido justificadas, que no están en el artículo 16 y pueden ser utilizadas por los empleadores para los despidos”, subrayó la autoridad.

Edad de jubilación
Por último, el Ejecutivo advirtió que con esa sentencia constitucional, el empleador podrá echar a su empleado antes de su jubilación, sin que se haga responsable por el tiempo de sus trámites, ya que no estará obligado a aplicar “el principio de continuidad de medios de subsistencia”.
“Es decir, se genera un antecedente terrible. Se da un cheque en blanco, donde el empresario tiene el poder de decidir”, remarcó Trigoso.

La COB rechaza
Entretanto, la Central Obrera Boliviana (COB) rechazó el nerviosismo del Gobierno y apuntó al viceministro Trigoso que solo defiende su proyecto de Ley de Estabilidad Laboral, que presentó a la Asamblea Legislativa y que luego del fallo Constitucional, ese proyecto ya no tiene sentido.

“Para nosotros, no hay ninguna preocupación. Primero, queremos estabilidad laboral. Los desahucios y otros beneficios tienen que ser discutidos para incluirlos en una nueva Ley General del Trabajo que debe ser consensuada con el Gobierno. Con los preavisos, el Ejecutivo estaba favoreciendo a los empresarios, en desmedro de los obreros del país”, dijo el secretario general de la COB, Ermo Pérez.

Por su parte, el ejecutivo de los fabriles en la COB, Vitaliano Mamani, coincidió en que los daños colaterales que podría haber se enmendarán en la nueva ley laboral que se tiene que analizar en la comisión Normativa junto con las autoridades gubernamentales, para adecuarla a la Constitución Política del Estado.

Defensor lo destaca

El sábado, el defensor del pueblo, David Tezanos, destacó el fallo del Tribunal Constitucional porque garantizaba la estabilidad laboral y el derecho al trabajo.

“Ponderamos y destacamos el fallo toda vez que se ajusta a la Constitución y al espíritu de un Estado social”, dijo.
Añadió que la eliminación del preaviso laboral es un tema que resuelve gran parte de las demandas de la COB, algo que en su momento fue descalificado por Trigoso.

Denunciar preavisos

Mientras tanto, el ejecutivo de la Central Obrera Departamental (COD) de Santa Cruz, Rolando Borda, instó a los trabajadores que recibieron preavisos a denunciar esa acción ante la Dirección de Trabajo, por haber quedado sin efecto a través de la sentencia del TCP.

“Los preavisos quedan sin efecto. Los trabajadores que han sido notificados con los preavisos tienen que denunciar este atropello a la Dirección de Trabajo que tiene la facultad y la obligatoriedad de usar una conminatoria a la empresa para que deje sin efecto dicho documento y respete la fuente laboral de cada compañero", declaró en la capital cruceña.

Para Borda, con esa sentencia, nadie podrá ser despedido si es que no existe una justificación de por medio

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