29 mayo 2010

Servicio Plurinacional de Empleo estima consolidar más de 600 trabajos en 2010

Los responsables del nuevo Servicio Plurinacional de Empleo dependiente de la Dirección Departamental de Trabajo, estiman consolidar más de 600 fuentes de trabajos en la gestión 2010, como parte de las políticas del gobierno nacional.

A pesar que hasta la fecha no se conoce si la tasa de empleo creció o rebajó en 2009 en nuestro país, la entidad ex Unidad Promotora de Empleo tiene el objetivo de promover el diseño, aplicación de políticas, estrategias, programas y proyectos para prevenir, mitigar y superar los riesgos asociados con el desempleo.

La gestora de la entidad gubernamental, María del Rosario Loredo Muriel, dijo que con el nuevo nombre de la unidad, denota brindar un mejor servicio de la entidad, por ello ahora se dispondrán los servicios de inserción laboral, orientación, capacitación, técnica laboral y el autoempleo.

“El servicio de autoempleo se caracterizará por la capacitación a las personas en diferentes ramos técnicos y después nuestra entidad realizará convenio con entidades bancarias para facilitar a los interesados un préstamo a menor interés, para que puedan instalar su negocio, similar a una pequeña microempresa”, dijo.

Otra premisa fundamental, es la inclusión de la masa de trabajadores con “habilidades diferentes” o también conocidos como discapacitados, brindando capacitación, orientación laboral, efectuar seguimiento y su inclusión social en instituciones públicas y privadas. La pasada gestión la inserción laboral sobrepaso las 300 fuentes de empleo.

El viernes 24 de mayo, la entidad laboral del Estado entregó 75 diplomas a jóvenes beneficiarios del programa “Mi Primer Empleo Digno“, que fueron capacitados en diversas ramas técnicas que garantizan una mano de obra calificada y el acceso a un empleo digno.

El programa realizado a nivel nacional por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, busca mejorar las condiciones de acceso al empleo a jóvenes entre 16 a 29 años de edad, de escasos recursos y con poca preparación formal, en las áreas de carpintería, instalación de gas domiciliario, joyería y gastronomía, según menciona la página oficial del programa.

27 mayo 2010

El quinquenio se deberá pagar máximo en 30 días

El Gobierno aprobó ayer dos decretos supremos. Uno ordena a las empresas pagar el quinquenio al trabajador dentro de los 30 días siguientes a la fecha de solicitud. El otro establece que en el caso de terciarización, el empresario contratante debe velar por el derecho laboral del obrero.

Las dos normas fueron presentadas ayer por los ministros de Trabajo, Carmen Trujillo, y de Obras Públicas, Wálter Delgadillo, en una conferencia de prensa ofrecida en el Palacio Quemado.

“Hasta ahora, cuando (los trabajadores) pedían su quinquenio, (las empresas) lo retiraban y le borraban su antigüedad; eso está prohibido. Usted (como empleado) puede acumular si quiere 20 años, pero si quiere pide a los cinco años (el quinquenio) y le tienen que pagar en el lapso de 30 días, desde el día que lo ha pedido. Si no se cumple esta norma, se va a multar con el 30 por ciento más al empresario”, declaró el ministro Delgadillo.

El decreto establece que el quinquenio puede ser reclamado por el empleado que haya trabajado por cinco años continuos en una empresa. Agrega que el pago de este beneficio no puede fraccionarse.

“La base del cálculo para el pago de los quinquenios consolidados, será el promedio del total ganado de los tres meses anteriores a la solicitud de pago”, estipula la norma en el parágrafo tercero del artículo tres. Este decreto tiene seis artículos.

“En caso de incumplimiento de pago dentro del plazo establecido, el empleador pagará el monto del quinquenio actualizado en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda-UFV’s, más una multa en beneficio de la trabajadora o trabajador consistente en el treinta por ciento (30%) del monto total a cancelarse”, añade el decreto en el parágrafo cuarto del artículo tres.

La norma aprobada, en el artículo cuatro, ordena que “el pago del quinquenio, de ninguna manera implicará interrupción de la relación laboral, quedando prohibido exigir como condición para acceder a este derecho la renuncia o retiro de la trabajadora o trabajador”. La empleada o empleado que “haya accedido al pago del quinquenio no pierde su antigüedad para efectos de sus derechos con relación al bono de antigüedad y derecho al goce de sus vacaciones”, añade.

Terciarización. En el caso del decreto de terciarización, señala que toda empresa que requiera contratar a otra, en actividades que no sean propias, debe incluir obligatoriamente en el contrato una cláusula que establezca que la empresa contratada dará cumplimiento a las obligaciones sociolaborales respecto a sus trabajadores.

Delgadillo aseveró que estas normas fueron concertadas con dirigentes de diferentes sectores laborales. Agregó que hay otras normas que aún están siendo preparadas.

El decreto reconoce como infracciones de leyes sociales a “todo acto que mediante figuras contractuales no laborales encubra relaciones en las que concurren las características de una relación laboral” y a “reclutar y proporcionar fuerza de trabajo, sea manual, intelectual o mixta, con o sin fines de lucro mediante figuras de subcontratación, terciarización enganche y externalización”.

Ex obreros pueden reclamar

Si en una terciarización el trabajador no gozó de derechos laborales, éste puede reclamar.

El decreto de este tema señala que debe apersonarse al Ministerio de Trabajo.

22 mayo 2010

Cámara Nacional de Industria Negociación de salario debe ser obrero-patronal


El presidente de la Cámara Nacional de Comercio, óscar Calle, afirmó que el tema salarial debe ser producto de negociaciones en el sector privado en función de la relación obrero - patronal por la complejidad de la diversidad de empresas en el sector.

En criterio del empresario, el tema salarial debe ser consensuado en negociaciones obrero patronales y de acuerdo a las posibilidades económicas de cada empresa y la realidad conocida por ambos.

“Empresarios y trabajadores debieran tener la libre negociación entre partes, debido a que hay sectores que tienen capacidades para realizar aumentos por encima del 5% y como hay otros sectores que están deprimidos. En ese sentido, cada empresario con su obrero conoce su realidad de empresa y de su realidad de sector económico en sí”, dijo.

Para tomar decisiones, el empresariado esperará el resultado de la reglamentación antes de asumir una posición final sobre el tema.

El Poder Ejecutivo emitió un Decreto Supremo el pasado 1 de Mayo estableciendo un incremento salarial del 5% para trabajadores públicos, salud y educación, el mismo que sirve de referente para el sector privado, lo que quiere decir que nadie puede aumentar el salario por debajo de ese porcentaje.

Norma que determina también el nuevo salario mínimo nacional de Bs 679,50 , de aplicación obligatoria y sujeta a las acciones de control y supervisión del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

20 mayo 2010

Extranjeros podrán cotizar en Bolivia para su jubilación


Los extranjeros que aporten al nuevo régimen de pensiones pueden solicitar la transferencia de su cuenta a su país de origen, siempre y cuando haya un convenio sobre contribuciones al sistema de seguridad social entre Bolivia y el país del aportante.

Las personas extranjeras que tengan relación de dependencia laboral en Bolivia o que mantengan dicha relación con las misiones diplomáticas, consulares y representantes permanentes del Gobierno de Bolivia en el exterior, “se encuentran obligadas a pagar las cotizaciones al Sistema Integral de Pensiones”, señala el artículo 111 del proyecto de la nueva Ley de Pensiones.

Una vez que estas personas hubiesen finalizado su relación de dependencia laboral y abandonado el país y “no hubiesen recibido prestación o pago alguno del Sistema Integral de Pensiones podrán solicitar la transferencia del saldo acumulado en su cuenta personal provisional”.

Esta cuenta está administrada por la Gestora de Seguridad Social de Largo Plazo en Bolivia y podrá ser traspasada a la entidad gestora de Seguridad Social del país de origen u otro que el asegurado indique.

La transferencia se llevará a cabo siempre y cuando exista un convenio bilateral o multilateral sobre contribuciones al Sistema de Seguridad Social de Largo Plazo y homologado por el Estado Plurinacional de Bolivia, esto “de acuerdo a los término acordados en el marco del principio de reciprocidad internacional”, cita el artículo 112 del proyecto de ley.

La medida está contemplada en el proyecto de ley elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. El artículo 111 de la propuesta de ley establece, además, que “el empleador deberá proceder con los descuentos y pagos de las contribuciones establecidas en la presente ley”.

A partir de hoy se reanudarán las negociaciones entre representantes de la Central Obrera Boliviana (COB) y autoridades del Ministerio de Economía. “El proyecto de Ley (de Pensiones) se está trabajando y se tiene que mejorar con todos los sectores”, aseguró el miércoles el dirigente de la COB, Ramiro Condori.

Consultores aportarán en el nuevo régimen

La reforma del sistema de pensiones establece la posibilidad de contribución de los profesionales que realizan consultorías en calidad de trabajadores independientes.

Además de los requisitos establecidos en la normativa vigente para la contratación de consultores de línea, “se exigirá la certificación de la gestora de Seguridad Social de Largo Plazo de los aportes realizados por los consultores, en calidad de trabajadores independientes de acuerdo a reglamento”, señala el artículo 110 del proyecto de Ley de Pensiones.

El Órgano Ejecutivo y el organismo de fiscalización provisional reglamentarán la ley en caso de su aprobación o modificación en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

El 12 de mayo, el presidente Evo Morales comprometió el respaldo del Órgano Ejecutivo para impulsar en la Asamblea la aprobación de los proyectos de ley de corte social como la Ley de Pensiones.

19 mayo 2010

Trabajadores financiarán la jubilación de sus cónyuges


La reforma del sistema de pensiones, consensuada con la Central Obrera Boliviana (COB), contempla un aporte obligatorio del trabajador para su “cónyuge o conviviente”, indistintamente del género, en caso de que éste(a) no tenga una relación de dependencia con un empleador.

La medida está contemplada en el proyecto de la nueva Ley de Pensiones, en el Capítulo V referente a las Políticas de Protección de Género, y establece la obligación del empleador de “actuar como agente de retención de la contribución del asegurado dependiente a favor de su cónyuge o conviviente” y pagarla en los plazos establecidos.

A partir de la fecha de inicio del Sistema Integral de Pensiones, “el asegurado dependiente, hombre o mujer, durante su relación de dependencia laboral, se encuentra obligado a pagar las contribuciones a favor de su cónyuge o conviviente, siempre y cuando este último no se encuentre en relación de dependencia laboral”, señala el artículo 149 de propuesta de Ley de Pensiones.

Estas contribuciones se realizarán por “salarios cotizables” equivalentes al menos a un Salario Mínimo Nacional (SMN) vigente en el período correspondiente (ver infografía). Para obtener estos datos, La Razón tomó como referencia básica el Capítulo V de la propuesta de Ley de Pensiones.

Cabe aclarar que en el proyecto de ley no se señala nada sobre el aporte del 1,71% para Riesgo Común, el pago del 0,5% a la AFP por la administración del portafolio o sobre el aporte del 0,5% para el fondo solidario.

GÉNERO. Dentro del capítulo de Políticas de Protección de Género, el artículo 151 también establece el acceso a las prestaciones de vejez para las mujeres y disminuye en hasta tres años su acceso a la pensión de vejez por cada hijo nacido vivo.

“La asegurada que tenga al menos 120 aportes al Sistema de Reparto, al Seguro Social Obligatorio de largo plazo o al Sistema Integral de Pensiones, por cada hijo nacido vivo, podrá solicitar que se le disminuya un año en la edad de acceso a la pensión de vejez (...), hasta un máximo de tres años”, cita el mencionado artículo.

Este tipo de medidas de carácter social ya se contemplaban en la primera propuesta de Ley de Pensiones aprobada por la Cámara de Diputados en el mes de diciembre del año 2008.

El 12 de mayo, el presidente Evo Morales Ayma comprometió el respaldo del Órgano Ejecutivo para impulsar en la Asamblea Legislativa la aprobación de los proyectos de ley de corte sociolaboral a favor de la clase trabajadora. Los proyectos con estas características son la Ley de Seguridad Social, la nueva Ley de Pensiones, la Ley General del Trabajo y la Ley de Fortalecimiento del Aparato Productivo del país.

FAMILIA. El proyecto de ley también contempla los aportes por hijo nacido vivo para las mujeres que accedan a la pensión solidaria.

“A los efectos del cálculo de la pensión solidaria, se adicionarán doce períodos como si hubieran sido aportados por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de treinta y seis períodos a los asegurados que tengan al menos ciento veinte aportes al Sistema de Reparto, al Seguro Social Obligatorio de largo plazo o al Sistema Integral de Pensiones”, indica el artículo 150 del proyecto de Ley de Pensiones elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y consensuada con la dirigencia de la COB.

Gobierno y COB revisan el proyecto

Las negociaciones entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) están en statu quo hasta el retorno del ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce, mañana jueves.

“El proyecto de Ley (de Pensiones) se está trabajando y se tiene que mejorar con todos los sectores”, aseguró el secretario de Finanzas de la COB, Ramiro Condori.

Bienes de empleador serán embargados

El proyecto de la nueva Ley de Pensiones establece el mandamiento de embargo o anotación preventiva de los bienes del empleador que no cumpla con el pago de los aportes de jubilación de sus trabajadores.
Según el documento, el empleador incurre en mora, al día siguiente de vencido el plazo establecido para cumplir con el pago de las contribuciones.

“La Gestora de Seguridad Social de largo plazo girará la nota de cargo al empleador que hubiese incurrido en mora, a fin de efectuar el cobro por la vía judicial de contribuciones, intereses y recargos adeudados”, señala el artículo 117 del proyecto de Ley de Pensiones.

Luego de una revisión procesal del caso, el juez de Trabajo y Seguridad emitirá la correspondiente sentencia ordenando se disponga “mandamiento de embargo o anotación preventiva” sobre todos los bienes del empleador en mora, cita el artículo.

Después de efectuada esta medida, el contratante tendrá tres días para presentar sus documentos de descargo respectivo antes de que el juez establezca fecha y hora de remate de los bienes embargados o anotados preventivamente.

La gestiones de cobro de las contribuciones en mora no deben durar más de 120 días calendario desde que se constituye la mora del empleador, señala el mencionado artículo.

14 mayo 2010

Fondo Solidario subvencionará al 74 por ciento de jubilados

Con el nuevo sistema de pensiones, cuyo proyecto de ley está a punto de ser enviado a la Asamblea Legislativa Plurinacional, el 74 por ciento de los jubilados, en 40 años, recibirá una subvención para mejorar el monto de su renta.
El dinero de la subvención provendrá del Fondo Solidario que será creado con la nueva ley y que será financiado con el aporte patronal, el laboral y por el aporte de las salarios elevados, encima de los 20 salarios mínimos.
Esta característica convierte al nuevo sistema en uno mixto: de reparto y de capitalización individual.
Según datos del viceministro de Pensiones, Mario Guillén, se espera que la subvención permita que 100.000 independientes se inscriban en el nuevo sistema, y que sólo el primer año, 25.525 personas se jubilen con rentas mejoradas por el Fondo Solidario.
Además, este Fondo elevará las rentas bajas de los actuales jubilados con las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a una escala de mínimos por encima de lo que ahora perciben.
Según una modificación a la Ley de Pensiones vigente, la renta mínima de jubilación actual es de 679 bolivianos, es decir que nadie puede jubilarse, a partir de los 15 años de aportes, con menos de ese monto, aunque el promedio de sus aportes resulte en una renta inferior. Ahora, con la propuesta del Gobierno, esa renta mínima subirá de manera automática hasta 1.300 bolivianos en función a la cantidad de años de aportes. Si aportó 20 años, lo mínimo que recibirá será 890 bolivianos; si cotizó 25 años, percibirá 1.100 bolivianos; si aportó 30 años, 1.200 bolivianos, y si cotizó por 35 años, recibirá 1.300 bolivianos.
Inmediatamente se ponga en vigencia la nueva ley, 1.672 jubilados con el anterior sistema, que actualmente reciben 679 bolivianos de jubilación, verán elevadas sus rentas en los montos señalados.
Si se suman a éstos los 25.525 que a la fecha tienen 58 años y que con la nueva ley ya podrán retirarse a la vida pasiva, el total de beneficiados con el Fondo Solidario en el primer año serán 27.917 trabajadores, de ellos 10.000 son maestros.
El nuevo sistema, según Guillén, tiene una sostenibilidad de 40 años. Para ese periodo, la cantidad de jubilados no está precisada, pero se estima que se acrecentará a un promedio de 10.000 por año. Actualmente, el sistema de capitalización individual tiene 26.245 jubilados, de los cuales 1.672 perciben la renta mínima.
El primer año se podrán jubilar 43.593 personas, que ahora tienen 58 años de edad, de ellas, 25.525 serán subvencionadas por el Fondo Solidario.
Las 27.197 personas que recibirán la subvención le costará al sistema 159 millones de bolivianos el primer año.
El Fondo Solidario partirá con un presupuesto de 484 millones de bolivianos, a los que se sumarán, con los nuevos aportes establecidos por la nueva ley, 963 millones de bolivianos sólo el primer año. Es decir que el sistema prevé, para el primer año, un fondo de 1.447 millones de bolivianos.
De ese monto, el primer año erogará sólo 159 millones de bolivianos. Con esta cifras, el Viceministro de Pensiones quiere decir que la plata alcanzará para subvencionar al 74 por ciento de las personas que actualmente ganan menos de cinco salarios mínimos, unos 3.400 bolivianos, y que en el transcurso de 40 años se irán jubilando, y que por lo tanto requerirán una subvención para que su renta esté entre 1.300 bolivianos como mínimo y 2.400 como máximo con 35 años de aportes. Estos límites varían con menos años de cotizaciones.
El Fondo Solidario se nutre con el dinero de la cuenta previsional que actualmente existe en las AFP. Ese fondo está financiado por el 20 por ciento de los aportes para el riesgo profesional, 20 por ciento para el riesgo común y por el 10 por ciento de la diferencia que queda de ingresos por encima de los 60 salarios mínimos nacionales, menos los 60 salarios mínimos nacionales (SMN).
El proyecto de ley añade a estos ingresos 0,5 por ciento de todos los aportantes, 3 por ciento de aporte patronal, 1 por ciento de la diferencia de sueldos entre 20 y 40 SMN, menos 20 salarios mínimos nacionales, y 5 por ciento de la diferencia de sueldos entre 40 y 60 SMN, menos 40 salarios mínimos nacionales.
El restante 36 por ciento, que no se beneficiará de este Fondo Solidario, recibirá rentas equivalentes al 70 por ciento de su salario promediado de las 24 últimas boletas, y que se promedia con el nivel de sus aportes acumulados, más la rentabilidad, y divididos por los años que le queda de vida a partir de los 58 años.
Gobierno prevé una sostenibilidad de 40 años para el nuevo sistema.
Otro rechazo
La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) pide al Órgano Ejecutivo diálogo y concertación para la nueva Ley de Pensiones, que fue acordada entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB).
La CEPB se suma a la propuesta de la Federación de Empresarios Privados de La Paz (FEPLP), que rechazó la eliminación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y sugirió la posibilidad de un sistema mixto privado y estatal, y que desahució el aporte patronal.
La Confederación propone que el Fondo Solidario sea financiado por el Estado y por los nuevos aportes que se acojan a sus beneficios.
El proyecto
El proyecto de Ley de Pensiones establece una serie de cambios. Baja la edad de jubilación a los 58 años en los varones.
En el caso de las mujeres, éstas podrán jubilarse con 55 años, siempre y cuando tengan tres hijos.
Los mineros podrán retirarse a los 56 años, pero con menos edad, hasta 51 años, si es que trabajaron en interior mina.
El proyecto crea una gestora estatal, que reemplazará a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

11 mayo 2010

Baja edad de jubilación a 58 años y el trabajador aportará 0,5% más

El Ejecutivo propuso a la COB reducir la edad de jubilación a 58 años. La medida está condicionada a que el aporte laboral aumente en 0,5% y se incorpore un aporte patronal de 3% para financiar la pensión solidaria, que se adicionará a las rentas bajas para que suban hasta Bs 2.400.

Así lo informó el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, tras una reunión que sostuvo el domingo con dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB) y que se extendió hasta la madrugada de ayer, cuando, dijo, “se alcanzaron algunos consensos importantes” sobre el proyecto de la nueva Ley de Pensiones.

Uno de ellos, detalló, consistió en reducir el límite para acceder a la pensión de vejez a 58 años de edad. La Ley de Pensiones 1732, del 29 de noviembre de 1996, fijó una edad mínima de 65 años. Posteriormente, el Decreto Supremo 29423, del 16 de enero del 2008, la bajó a 60 años.

Según Arce, “a objeto de garantizar y dar sostenibilidad a esa reducción de edad”, el proyecto de ley crea un fondo solidario “para pagar una renta solidaria que permita incrementar la renta de aquellos que con sus cuentas individuales no pudieran alcanzar rentas altas”.

Para financiar el fondo solidario, “incorporamos el aporte patronal de hasta un 3% y el aporte laboral que hoy es de aproximadamente 12,21% subiría a 12,71% (en 0,5%)”, complementó la autoridad. Aclaró que “también el Estado, que actúa como patrón, aportará hasta el 3%”.

Otras fuentes de financiamiento serán el 20% de la recaudación por riesgos previsionales (muerte, accidentes, entre otros) y el aporte de personas dependientes y naturales con altos ingresos, señala un boletín del Ministerio de Economía.

MECANISMO. Arce dijo que para que el aporte solidario se sume a la cotización individual y a la compensación de cotizaciones, cuando ésta corresponda, la cantidad mínima de aportes debe ser 10 años.
“Hemos acordado que debemos promediar las 24 últimas boletas (de pago) para obtener el salario referencial” que sirva para calcular la pensión mínima, señaló Arce. El Gobierno planteaba usar las últimas 36 boletas y la COB, las 12.

“A partir de los 30 años de aportes, ya el trabajador puede solicitar el 70% para el cálculo de la renta solidaria”, sostuvo el ministro y señaló que la propuesta inicial del Ejecutivo era 35 años.
La autoridad explicó que el 70% se aplica al promedio salarial y que el monto resultante muestra “si (el trabajador) es susceptible o no de recibir la renta solidaria”.

Como ejemplo, mencionó que si el promedio salarial es Bs 4.000, el 70% del mismo es Bs 2.800, la cifra está por encima de la franja solidaria, por lo que el obrero se jubilaría sólo con ese monto. Por el contrario, dijo, si aplicando el 70% el resultado da Bs 1.400 y la persona tiene 35 años de aportes, la renta sube a Bs 2.400 por el aporte solidario. Ello quiere decir que la renta solidaria subirá en función a los años de aportes. “De acuerdo con nuestra propuesta, para 35 años la renta será de Bs 2.400; de Bs 2.200 hacia los 30 años y de Bs 2.000 a los 25”, aseguró el titular de Economía.

Administración. En cuanto al manejo de los fondos para la jubilación, actualmente a cargo de las empresas privadas Futuro y Previsión, el ministro ratificó que “el Estado tiene que administrar las pensiones” y que “tiene que haber un período de transición” para ello.

Agregó que “estamos a punto de llegar a un acuerdo con la COB”, ente que primero debe informar a sus bases de la propuesta. Luego, afirmó, el proyecto será tratado en la Asamblea Legislativa.


Mineros se jubilarán antes

Sector
El planteamiento del Gobierno fija una edad mínima de jubilación de 56 años sólo para los mineros. Además, les permite reducir un año adicional por cada dos años de trabajo en interior mina, hasta un máximo de cinco años. Así, podrían jubilarse a partir de los 51 años.

Madres
La propuesta señala además que las mujeres podrán reducir un año la edad mínima de jubilación, 58 años, por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres. De esa forma, si una mujer tiene tres hijos podrá obtener una renta de vejez desde los 51 años de edad.

Los empresarios lamentan su marginamiento

La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) lamentó que el Gobierno no haya tomado en cuenta al sector, antes de proponer la incorporación de un aporte patronal del 3% al sistema de pensiones para financiar un fondo solidario para mejorar las rentas más bajas.

“Lamentamos que no nos hayan tomado en cuenta, creemos que es un tema que tiene que discutirse entre las tres partes: Gobierno, trabajadores y empleadores”, dijo a La Razón el primer vicepresidente de la CEPB, Ronald Nostas.

Señaló que aún es pronto para hablar de los efectos de la implementación de la medida, debido a que todavía no tienen un documento oficial al respecto. Sin embargo, adelantó que “nosotros respetamos y valoramos las aspiraciones del sector laboral, pero hay que considerar variables orientadas a la realidad del aparato productivo y a las posibilidades concretas de las empresas, considerando región, sector, actividad económica, etc.”.

De su lado, el presidente de la Federación de Empresarios Privados de La Paz, Enrique García, afirmó que “nos resulta difícil sostener esto, se va a crear un conflicto en el sector privado, donde muchas empresas se van a ver en la penosa necesidad de cerrar o restringir sus operaciones y van a subir los productos”.

Coincidió con Nostas al señalar que “la Ley de Pensiones tiene que analizarse en un marco amplio, porque significa el futuro de la gente”. “El Gobierno piensa que el sector privado tiene las espaldas muy anchas para soportar esta carga, no es justo, no es lo correcto”, expresó.