El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social dispone jornada de descanso laboral el 30 de marzo, con el respectivo pago de haberes, para los y las trabajadores del hogar con motivo del Día Nacional de la Trabajadora y el Trabajador Asalariado del Hogar.
Esta determinación, que figura en el Comunicado 15/2016, se aplica en cumplimiento al artículo único de la Ley 181 de 25 de octubre de 2011, que declara cada 30 de marzo Día Nacional de la Trabajadora y el Trabajador Asalariado del Hogar.
Esta disposición es de cumplimiento obligatorio, conforme al parágrafo I del artículo 48 de la Constitución Política del Estado (CPE).
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