El Ministerio de Trabajo ratificó el viernes el feriado nacional previsto para el martes próximo por la celebración de Todos Santos con suspensión de actividades en entidades públicas y privadas.
"En el marco de la normativa legal vigente, el Ministerio de Trabajo ratifica el feriado nacional previsto para el 2 de noviembre, por la fiesta de Todos Santos, con suspensión de actividades en instituciones públicas y privadas", señaló el viernes la directora General de Trabajo, Jhenny Oblitas.
Asimismo, Oblitas indicó que se instruye para el lunes próximo horario continuo en las instituciones públicas, que debe cumplirse entre las 08.00 y las 16.00 horas.
"En el sector privado esa disposición deberá ser coordinada entre los empleadores y los trabajadores", sostuvo.
La Directora de Trabajo advirtió a los empleadores que deben pagar horas extras a sus trabajadores en caso de que dispongan que cumplan con actividades laborales el día de feriado.
Recordó que el artículo 41 de la Ley General del Trabajo establece que "son días hábiles para el trabajo los del año, con excepción de los feriados, considerándose tales todos los domingos, los feriados civiles y los que así fueren declarados ocasionalmente, por leyes y decretos especiales".
La norma instruye que durante los días feriados no podrán efectuarse trabajos de ninguna clase, aunque éstos sean de enseñanza profesional o beneficencia, caso contrario se debe remunerar al empleado por horas extras trabajadas.
"Tratándose de centros alejados de las capitales, los feriados ocasionales podrán ser compensados con otro día de descanso", señala el artículo 42 de esa Ley.
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