02 junio 2020
Queda sin efecto la ‘licencia especial’ para grupos vulnerables al COVID-19
Tras la aplicación de la cuarentena dinámica condicionada, el Ministerio de Trabajo dejó sin efecto las “licencias especiales” con goce de haberes, fijadas por el Decreto Supremo 4196, para los enfermos crónicos, adultos mayores y embarazadas, que son la población vulnerable al COVID-19. A este grupo de riesgo se sumaban los menores a cinco años y eran los padres quienes accedían al beneficio.
“En el entendido de que ya estamos volviendo a la normalidad, no podemos mantener el tema de las licencias especiales, sin embargo, aquellas personas que presenten sus bajas médicas, evidentemente, como era antes, están protegidos por la Ley General del Trabajo para no presentarse a sus trabajos”, señaló este lunes en conferencia de prensa el director general de Trabajo, Sergio Cardozo.
El Decreto Supremo 4196 establecía permiso especial con goce de haberes a las personas con enfermedades de base (diabetes, cáncer, hipertensión, VIH y otros), adultos mayores, embarazadas y los padres, madres o tutores de niños menores a cinco años.
Un trabajador denunció ante este medio el 17 de mayo que una unidad descentralizada le pidió una declaración jurada con el texto: “para los efectos que correspondan declaro que de manera voluntaria y bajo mi absoluta responsabilidad me constituiré en mi fuente laboral, considerando todo el riesgo que mi asistencia implica para mi persona, mi familia y mis compañeros de trabajo, aun estando comprendido dentro del grupo vulnerable”.
Cardoso indicó este lunes que el Ministerio de Trabajo da un rango en el cual son los municipios y gobernaciones los que establecen la cantidad de horas de trabajo. “En el caso de los ministerios estamos trabajando ocho horas”.
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