El Gobierno afina el decreto reglamentario que gravará la prima que pagan las empresas a sus trabajadores, con el fin de que esos recursos sean destinados al Fondo Solidario de Pensiones.
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce, confirmó a El Deber que esa medida será aplicada en función de lo que establece la Ley de Pensiones 065.
La prima es un salario que se paga cuando la empresa reporta utilidades extraordinarias.
La Ley de Pensiones dispone que ese ingreso es una de las fuentes de financiamiento del Fondo Solidario; también establece la contribución de dietas y, en general, de todo ingreso ordinario y/o extraordinario distinto al total ganado.
La norma también señala que aportarán al Fondo quienes tengan ingresos provenientes de alquileres u otra forma de explotación de cosas muebles, derechos y concesiones. Empero, se desconoce si el decreto reglamentario incluye estas actividades.
El Órgano Ejecutivo también tiene previsto que los comerciantes aporten al Fondo Solidario. Esa fuente de financiamiento no está especificada en la Ley de Pensiones, pero la norma indica que el Gobierno puede definir otras fuentes.
El analista Alberto Bonadona considera que la única forma de gravar la actividad comercial es a través de una tasa, es decir, un monto fijo de pago, como en el caso del sentaje que paga el sector gremial. Empero, ve un problema, porque este sector puede oponerse y argumentar que no se beneficiará con una jubilación.
Actualmente, el Fondo recibe el aporte solidario de 0,5% de los trabajadores, 3% de la parte patronal y 2% por asegurados del sector minero.
Se aplica también el 1% a sueldos superiores a 13.000 bolivianos, 5% a salarios mayores a 25.000 bolivianos y un 10% a salarios mayores a 35.000 bolivianos. Sin embargo, los porcentajes se aplican sobre la diferencia entre el ingreso del trabajador y los montos antes mencionados.
Contribuciones
Aportes El Gobierno dice que las empresas que tienen ganancias deben aportar al Fondo Solidario.
Fuentes El Fondo Solidario se financia con un aporte patronal de 3% del total ganado de cada trabajador.
Otros Quienes perciben sueldos mayores a Bs 13.000 aportan 1% sobre la resta del total ganado menos ese monto.
Otros montos En el caso de los sueldos mayores a Bs 25.000 se aplica la siguiente fórmula: el total ganado menos Bs 25.000 y se multiplica por el 5%. En sueldos mayores a Bs 35.000, el aporte está en función del total ganado menos Bs 35.000 multiplicado por 10%.
No hay comentarios:
Publicar un comentario