En la Jefatura Departamental de Trabajo no pasan de tres las denuncias por incumplimiento en el pago del retroactivo, cuyo plazo feneció el pasado 31 de mayo.
El jefe departamental de Trabajo, Arturo Alessandri informó que están siendo procesadas las acusaciones, para gestionar que sean canceladas, pero además existe una sanción que deben cancelar.
El Decreto Supremo 2748 y la Resolución 444/16 del Ministerio de Trabajo establecieron los plazos para hacer efectivo el pago del incremento salarial del 6 por ciento para este año.
El primero se ha cumplido el 31 de mayo y definía la obligación de los empleadores de hacer el pago del retroactivo, de los cuatro meses anteriores.
El otro plazo se cumple este 30 de junio, cuando tienen que presentar los convenios donde se defina el incremento salarial que rige sobre todo para las entidades privadas.
"Creemos que están aún a tiempo de llegar a un entendimiento con sus trabajadores, estos convenios deben ser firmados por los empleadores, el sindicado en caso de existir, o si no, por un comité de bases o un comité sindical, y estos documentos deben ser puestos en conocimiento del Ministerio a través de la oficina virtual de Trámites, el no cumplir con este plazo también va a generar responsabilidades y sanciones de tipo económico a los empleadores", recordó Alessandri.
Dijo que el Decreto 2748 ha establecido que el incremento es el 6 por ciento y como nunca se tienen tres únicas excepciones, para las entidades autónomas: gobernaciones y municipios, y las universidades.
"A partir de estas tres excepciones, todas las entidades públicas y mucho más las privadas tienen que incrementar el salario básico en un 6 por ciento y no hay limitante hacia arriba, pero como mínimo el 6 por ciento", remarcó la autoridad laboral.
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