03 septiembre 2015

Empleadores Podrán pedir la devolución de multa

El Ministerio de Trabajo informó que los empleadores que pagaron la multa por incumplir la presentación, hasta el 30 de junio, del Convenio Colectivo del incremento salarial 2015, pueden "excepcionalmente" solicitar la devolución del monto hasta el 30 de septiembre de 2015.

Esta medida se encuentra contemplada en la Resolución Ministerial 513/15, de 3 de agosto de 2015, que además dispone que una vez vencido el plazo del 30 de septiembre, prescribirá también el derecho de realizar cualquier reclamo y los depósitos (por las multas) se consolidarán a favor del Ministerio de Trabajo.

De acuerdo con los antecedentes, el Ministerio de Trabajo estableció (mediante la Resolución Ministerial 301/15, de 13 de mayo de 2015) que los empleadores debían entregar el Convenio Colectivo del incremento salarial 2015 hasta el 30 de junio del año en curso.

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