07 enero 2017

Tribunal repone la figura del preaviso para los despidos


El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de una sentencia, restituyó la figura del preaviso en la relación contractual entre empleador y empleado que había perdido vigencia hace tres años con otra sentencia. La decisión no fue del agrado del Gobierno, que anunció la presentación de otro recurso.

El presidente de la Sala Tercera, Ruddy Flores, que atendió el caso, señalo que el órgano constitucional, a través de la sentencia 1262/2013 de 1 de agosto de 2013, suspendio la vigencia del preaviso; sin embargo, con un nuevo fallo, la sentencia constitucional 0907/2016 repuso la figura del preaviso establecida en la Ley General del Trabajo al no haber sido expulsada a través de los procedimientos de control de constitucionalidad previstas en la Constitución Política del Estado y por la presunción de constitucionalidad de toda norma vigente.

Flores dijo que el caso llegó en revisión a la Sala Tercera por un amparo constitucional presentado por Jacquelinne Roxana Vargas Castillo en contra de ejecutivos de la empresa Petrobas- Bolivia.
Explicó que esta norma de la Ley General del Trabajo solo podía ser expulsada a través de los procedimientos de control de constitucionalidad previstas en la CPE y el Codigo Procesal Constitucional; sin embargo, se acudió a un amparo.

“Por la presunción de constitucionalidad de toda norma estaría vigente el preaviso y, al estar vigente, es posible que la relación contractual entre empleador y empleado pueda ser disuelta a través de la aplicación de este instituto del preaviso”, recalco Flores.

En contrapartida, el ministro de Trabajo, Gonzalo Trigoso, anunció que continuará restituyendo a los trabajadores despedidos vía este mecanismo amparado en el cumplimiento de la Constitución Política del Estado, que garantiza la estabilidad laboral. Dijo que presentará un nuevo recurso en los próximos días

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