El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional la figura del preaviso como mecanismo de despido y terminó eliminando el artículo 12 de la Ley General del Trabajo sobre esta figura legal. Con el fallo se fortalece el principio de estabilidad laboral, anunció el presidente del control constitucional, Oswaldo Valencia.
“A partir de hoy (viernes 24 de marzo) ya no existe en la norma jurídica la figura del preaviso, ese es el fallo que emite el Tribunal Constitucional. Con la decisión se estaría ratificando y fortaleciendo la estabilidad laboral en el orden que manda la Constitución Política del Estado”, explicó en una conferencia de prensa en Sucre.
Parte del artículo 12 de la ley General del Trabajo anulado establecía: “El contrato podrá pactarse por tiempo indefinido, cierto tiempo o realización de obra o servicio. En el primer caso, ninguna de las partes podrá rescindirlo sin previo aviso a la otra”.
La decisión también dejó sin efecto la sentencia constitucional que restablecía el preaviso a partir de un amparo constitucional presentado en Santa Cruz por Jacquelinne Roxana Vargas Castillo en contra de ejecutivos de la empresa “Petrobas- BOLIVIA”. Vargas acusaba a la empresa de haberle entregado un preaviso de retiro sin causal.
El magistrado Ruddy Flores explicó en enero que se restablecía esa figura pero solo en caso de que el empleado lo aceptara.
“A partir de hoy dicha norma es declara inconstitucional, lo que indica que no está vigente la figura del pre aviso”, insistió Valencia.
La dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB) demandó la anulación de la figura porque ponía en riesgo la estabilidad laboral. El Gobierno también se mostró contrario a su restablecimiento y anunció iniciativas para retirarla del ordenamiento jurídico.
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