25 marzo 2017

El Tribunal declara inconstitucional hacer despidos con cartas de preaviso

El Tribunal Constitucional de Bolivia sentenció ayer que es inconstitucional que las empresas hagan despidos con la entrega a los trabajadores de cartas de "preaviso", que es un mecanismo que notifica la rescisión de los contratos 90 días antes de concretarse.

La Sala Plena del Tribunal Constitucional (TC) resolvió que el artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el artículo único del decreto supremo 6813 del 3 de julio de 1964, que establecen ese mecanismo, sean expulsados de la normativa legal boliviana.

El presidente del TC, Juan Valencia, dijo a los medios que con esa decisión se garantiza la seguridad laboral de los trabajadores.

Agregó que la resolución es fruto del trabajo de la institución para velar por la supremacía de la Constitución "velando y precautelando la vigencia de los derechos de los trabajadores".

La resolución fue comunicada horas después de que el líder de la Central Obrera Boliviana (COB), el minero Guido Mitma, rompiera un diálogo con el Gobierno, debido a que los diputados aprobaron un proyecto de ley que mantiene el mecanismo del "preaviso".

La COB y el Gobierno negociaban en diferentes comisiones demandas laborales y sociales, entre ellas el aumento salarial para este año, que será obligatorio para los sectores público y privado.

La Cámara de Diputados explicó que ese proyecto de ley de Estabilidad Laboral regula la entrega de las denominadas "cartas de preaviso", pero los trabajadores las rechazan por completo.

Esa propuesta de norma, que todavía debe ser tratada en el Senado, establece que los trabajadores que sean despedidos con una carta de "preaviso", pueden aceptar la desvinculación laboral de la empresa, pero a cambio del pago de unos beneficios económicos.

Antes de conocer la decisión del Tribunal Constitucional, el dirigente Mitma aseguró que los sindicatos se van a movilizar y buscarán el respaldo de otros sectores, porque "la fuente laboral sigue amenazada para todos los trabajadores de país" con la normativa que considera el Parlamento.



DEFENSOR El defensor del Pueblo, David Tezanos, saludó ayer la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional de expulsar del ordenamiento jurídico el artículo 12 de la Ley General del Trabajo y declarar la ilegalidad del preaviso.

Precisamente cuando la Central Obrera Boliviana advirtió con movilizaciones en contra de la vigencia del preaviso y de un proyecto de Ley de Estabilidad Laboral, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucional de ese instrumento de despido.

"El Defensor del Pueblo, aplaude que el máximo intérprete de la Constitución y las leyes haya ponderado la fundamentación desarrollada al respecto y determinado la prevalencia y protección de los derechos de la clase trabajadora, asumiendo que la estabilidad de la relación laboral, en un Estado social de derecho, expresa la necesidad social de atribuirle una larga duración a las relaciones de trabajo y de proteger al trabajador contra el despido arbitrario e injustificado por parte del empleador", señala un comunicado de esa entidad.

La resolución del TCP respondió a una acción abstracta de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo en contra del artículo 12 de la Ley General del Trabajo, por el cual se posibilitaba el despido del trabajador mediante un preaviso laboral.

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