Tradicionalmente el aumento salarial favoreció a los sectores salud, educación, Policía, FFAA y privado, pero este año el incremento del 8,5% también beneficiará a los funcionarios públicos de los 21 ministerios, de los órganos Legislativo, Justicia y Electoral, universidades públicas, entre otras, con excepción de las empresas públicas donde dependerá del rendimiento de sus utilidades.
El decreto supremo 2349, que establece una escala salarial para las principales autoridades del Ejecutivo, permite que el presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García Linera y sus 21 ministros reciban el incremento del 8,5%.
Los decretos 2349 y 2346, sobre el incremento salarial para esta gestión, serán aplicados con retroactividad a enero pasado y en el sector salud será inversamente proporcional (más para los que ganan menos y menor porcentaje para los que ganan más).
El ministro de Economía, Luis Arce, que presentó hoy en Palacio de Gobierno los cuatro decretos laborales en el Día del Trabajo, explicó que el decreto que establece la escala salarial (2349) favorecerá a los funcionarios de los 20 ministerios, instituciones públicas desconcentradas y descentralizadas para evitar que profesionales y técnicos migren al sector privado.
"En esta gestión por las condiciones laborales que hoy se está dando en la economía nacional donde de pronto cada vez el mercado laboral especialmente de losprofesionales y técnicos más competitivos están siendo absorbidos atraídos por el sector privado, el sector público no puede quedarse atrás en el pago de salarios competitivos con el sector privado que de un tiempo a esta parte ha estado mermándonos a nuestros profesionales y técnicos; hemos empezado con este incremento salarial (en 2012) y para la presente gestión todo el resto del sector público, con excepción de empresas públicas, van a tener un incremento del 8,5% de manera lineal”, añadió.
Precisó que el decreto 2349 establece una escala salarial que garantiza el aumento a las principales autoridades del país, incluido los del sistema universitario.
Amento en empresas públicas
El ministro Arce precisó que el incremento del 8,5% en las empresas públicas productivas o de servicio está sujeto al rendimiento de las utilidades, en aplicación del decreto 2347, también promulgado hoy por el presidente Morales.
Explicó para las empresas públicas la norma establece requisitos "para verse acreedores al incremento salarial”. "Debe generar excedentes para el Estado y su correspondiente redistribución entre la población. Estamos siendo existentes en cuanto al rendimiento a las utilidades operativas que deben generar para hacerse del incremento salarial, estamos estableciendo también que no pueden incrementar los precios de sus servicios y productos con el objetivo de incrementar salarios”, añadió.
Arce insistió que los ejecutivos y las cabezas de sector (ministerios) deben demostrar sostenidamente rentabilidad para el incremento salarial en los próximos 30 días. "Deben demostrar ser capaces sostenidamente para cubrir el incremento salarial y deben presentar dentro de 30 días sus estados financieros y su nueva planilla (de trabajadores), para hacerse acreedor del incremento salarial, a su ministerio de sector que tendrá que hacer una evaluación para remitir para su discusión (y/o aprobación) en el Consejo Nacional Política Económica y en gabinete ministerial”.
Dijo que de esta manera se cuida el funcionamiento de una empresa pública. "Estamos cuidando la rentabilidad pero sostenible y sustentable en el tiempo para garantizar que estas puedan cumplir con la generación de excedentes”.
El cuarto decreto 2348 se refiere a las personerías jurídicas de sindicatos, federaciones y confederaciones que deberán ser tramitados ante el Ministerio de Trabajo y concluirán con una Resolución Suprema firmada por el Jefe de Estado.
Aumento salarial y salario mínimo
Pese a que el incremento salarial es menor al año anterior, el Gobierno puso en vigencia el aumento salarial del 8,5% para el haber básico (superior a la inflación 2014, 5,2%) y en 15% para el salario mínimo nacional (SMN) que sube de 1.440 bolivianos (2014) a Bs 1.656.
El Decreto Supremo 1988 (2014) aprobó el incremento salarial del 10% para los sectores de salud, educación, Fuerzas Armadas y la Policía, y un salario mínimo nacional de 1.440 bolivianos. Este último subió en 20% con relación a 2013, cuando era 1.200 bolivianos.
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