30 marzo 2012

Trabajadoras del hogar callan las agresiones sexuales

Carmen -nombre ficticio para proteger el sentimiento de su familia- de 30 años de edad, oriunda de Potosí, llegó a Cochabamba para trabajar. El año 2009, su cuerpo fue encontrado sin vida en un río.

Pasó mucho tiempo hasta que los restos puedan ser identificados, ya que su familia no estaba con ella. Las investigaciones policiales determinaron que Carmen era permanentemente abusada por su empleador. Ella denunció lo sucedido a la esposa de su agresor, quien no creía lo que ella denunciaba, hasta que un día la esposa encontró a su esposo en flagrancia, agrediendo a Carmen. La furia de la mujer fue descargada contra Carmen, quien fue golpeada hasta expirar. Dejó huérfano a su pequeño de 5 años.

Sus compañeras del Sindicato de Trabajadoras Asalariadas del Hogar iniciaron un proceso penal contra esta familia. Hoy el proceso fue cerrado, luego que la familia logró conciliar con el pago periódico de un monto hasta que el hijo de Carmen cumpla la mayoría de edad.

“Cuando una llega del campo no sabe nada, y por esa situación se deja humillar y maltratar”, relata la representante de este sector y asambleísta departamental, Pascualina Vinchaca.

Así como Carmen, algunas trabajadoras del hogar en Cochabamba son víctimas de sus empleadores que las someten a vejaciones sexuales, físicas y psicológicas. Aunque el número de denuncias formales es reducido, 4 a 6 por año, Vinchaca asevera que una gran mayoría ha sido víctima de sus empleadores pero, por falta de información e impotencia “nunca lo denuncian”.

CRIADA Julia durante 30 años atendió a una familia, sin percibir ninguna remuneración económica. “Yo era como una criada, sólo me daban techo y comida. Alguna vez me compraban ropita, pero yo hacía todo lo que hace una trabajadora del hogar. Cuando les pedí que me paguen, ellos me echaron de la casa diciendo que era una mal agradecida”, relata Julia.

La Ley 2450 de Regularización del Trabajo Asalariado del Hogar del 9 de abril de 2003 establece los derechos y responsabilidades de la trabajadora del hogar. El artículo 23 señala que la Brigada de Protección a la Familia, Policía, Ministerio Público y las autoridades competentes recibirán quejas o demandas sobre abusos, agresión física, acoso sexual o de otra índole, de parte de empleadores, hijos, parientes y otros, debiendo iniciarse las investigaciones correspondientes.

Esta ley les otorga además, el derecho a 10 horas de trabajo a quienes habitan la casa donde prestan el servicio y 8 horas para quienes no lo hacen. Asimismo, deben gozar de un salario mínimo (Bs 815) descanso pre y post natal, así como feriados, aguinaldos, vacaciones y seguro de salud.

Asimismo, el Decreto Supremo 28655, aprobado el 30 de marzo de 2006, instituye esta fecha como el Día de la Trabajadora del Hogar, debiendo los empleadores otorgarles un día libre.

Otro de los abusos a los cuales están sometidas es el despido injustificado semanas o días antes de cumplirse el tiempo para el goce de todos los beneficios sociales. Pasados los 90 días de prueba, se adquieren los derechos establecidos por la ley.

SEGURIDAD Uno de los derechos que no se cumple es el acceso a un seguro de salud y a la jubilación. De las más de 2.500 afiliadas sólo el 4 por ciento cuenta con seguro de salud este beneficio, según datos del Sindicato. Las trabajadoras del hogar no aportan a las administradoras de fondos de pensiones por desconocimiento y porque eso es les reduciría sus bajos ingresos.

La Dirección del Trabajo atiende la violación a los derechos laborales, asimismo, las trabajadoras pueden recurrir al Sindicato de Trabajadores del Hogar, instancia que presta asesoramiento jurídico. “Todos los casos que han llegado a nuestra comisión han sido solucionados favorablemente”, concluye Vinchaca.

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