06 diciembre 2013
Leyes laborales protegerán a trabajadores desde los 12 años
El nuevo Código de la Niña, Niño y Adolescente amplía la protección de leyes laborales a trabajadores, desde los 12 años de edad. La norma anterior establecía la edad mínima de 14. La comisión que trata la ley aprobó los cambios y la remitió a la Asamblea.
“En el anterior código se consideraba el trabajo infantil a partir de los 14 años y en el nuevo se amplía a 12, siempre y cuando el menor cuente con autorización de sus padres y de la Defensoría de la Niñez. Ellos tendrán beneficios sociales iguales a los de un adulto”, informó ayer a La Razón el diputado del MAS y presidente de la Red Parlamentaria por la Niñez y Adolescencia, Javier Zavaleta.
En un principio, el nuevo código contemplaba los 14 años como la edad mínima para trabajar, sin embargo, en la sesión de ayer de la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Diputados, instancia que trató la norma, se decidió tomar el rango de edad de convenios internacionales.
“La ampliación tiene que ser utilizada para casos extremos, por ejemplo, los niños actores, entre otros. El propósito es dar más énfasis en los derechos laborales para que no haya ningún empleador que incumpla por el hecho de que son adolescentes”, agregó.
Infantil. La Unión de Niños, Niñas y Adolescentes Trabajadores de Bolivia (Unatsbo) solicitó en reiteradas oportunidades modificar la edad mínima, pues los miembros aseguran que existen niños trabajadores desde los cinco años. Asimismo, pidieron mejoras en sus condiciones laborales y protección ante los abusos de algunos empleadores.
El nuevo código también establece un programa de erradicación de trabajo infantil de menores a 12 años, con la creación de campañas de sensibilización a la población y la posibilidad de ayuda económica a niños o familias sin ningún sustento de vida.
Para el beneficio, se instruye al Instituto Nacional de Estadística (INE) a realizar un censo de niños trabajadores para identificar las situaciones. “Los resultados de la encuesta también servirán para la elaboración de políticas departamentales y municipales a fin de erradicar el trabajo infantil”, dijo.
También se prohíben las 22 peores formas de trabajo a menores de 18 años, entre ellas la minería, la zafra de caña de azúcar y castaña, pesca en ríos, ladrillería, venta de bebidas alcohólicas, modelaje que implique erotización, albañilería y carpintería, entre otros. La norma fue aprobada ayer en la comisión y remitida a la Asamblea.
Hay otros cuatro cambios
En el nuevo Código de la Niña, Niño y Adolescente se realizaron varios cambios, Zavaleta destacó cuatro principales que actualizan la norma con la Constitución Política del Estado (CPE). El bullying o acoso escolar es incorporado por primera vez con planes de prevención y protección a los menores. Cada unidad educativa debe elaborar un reglamento de convivencia para evitar la violencia.
Las pandillas son el segundo tema. Zavaleta informó que las alcaldías y gobernaciones deben efectuar planes y programas que prevengan la asociación de adolescentes en estos grupos.
“Se clarifica en este código que la pandilla es un grupo de adolescentes, cuyo objetivo es la delincuencia o las actividades ilícitas, porque todavía hay familias que creen que estos grupos pueden ser positivos”, dijo.
El tercer cambio es la implementación de una nueva justicia penal para los adolescentes que infrinjan las leyes. Ésta los excluye del Código Penal y crea un nuevo régimen que será exclusivo para personas entre 14 y 18 años.
“Se obliga a las gobernaciones a construir y administrar centros de rehabilitación para adolescentes en esta situación”, indicó. La violencia sexual es visibilizada en el código con la clasificación de tipologías, entre ellas la hipersexualización y erotización de la imagen de menores.
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