28 enero 2014

Los trabajadores dependientes podrían recibir 15 pagos este año

Este año los trabajadores dependientes percibirán 12 salarios mensuales, el aguinaldo, el segundo aguinaldo postergado del 2013 y, si el crecimiento económico supera el 4,5%, también recibirán el segundo aguinaldo, lo que haría un total de 15 pagos, según explicó el analista económico José Luis Evia.

"Son 15 pagos, pero por un lado tiene un efecto en el incremento del costo laboral, sobre todo para aquellas empresas que son intensivas en mano de obra y para preservar su margen (de ganancias) es posible que veamos un incremento en algunos precios para compensar el costo laboral", manifestó.

El viceministro del Tesoro y Crédito Público, Edwin Rojas Ulo, reafirmó este martes que si en este año se alcanza el crecimiento económico del 5,7%, los trabajadores se beneficiarán con el pago del segundo beneficio que deberá ser cancelado por sus empleadores.

"En la medida en que se tiene previsto para este año lograr un crecimiento del 5,7%, se tiene que a final de año se tendrá que cumplir con (…) el pago del segundo aguinaldo, como establece el decreto que se promulgó la gestión pasada", aseguró.

El artículo 1 del Decreto 1802 aprobado por el gobierno el año anterior crea el Segundo Aguinaldo "Esfuerzo por Bolivia" para las servidoras y los servidores públicos, trabajadoras y trabajadores del Sector Público y Privado, el cual será otorgado en cada gestión fiscal, cuando el crecimiento anual del Producto Interno Bruto - PIB supere el 4.5%.

El analista económico advirtió que la cancelación de estos beneficios podría causar una mayor demanda de bienes y servicios.

"Hay otros instrumentos que permiten controlar la tasa de inflación como la colocación de los bonos del Tesoro por parte del Banco Central de Bolivia, pero eso tiene efectos sobre la economía, porque tiende a que la tasa de interés se incremente y va hacer que los créditos sean más caros. Eso afecta a las empresas y a quienes acuden a prestarse a los bancos", enfatizó.

ANF

No hay comentarios:

Publicar un comentario