Las empresas deben cancelar la totalidad del incremento salarial del 8% hasta agosto, tomando en cuenta que si no se cumplen serán apacibles a sanciones económicas, conforme a lo establecido en el Código del Trabajador. La directora departamental del Ministerio de Trabajo, Orlinda Girón, destacó que se tiene como plazo impostergable para la presentación de las planillas con el incremento retroactivo del 8% al mes de de enero, caso contrario se contará con las respectivas multas tomando en cuenta que se brindó el tiempo suficiente para que las empresas, principalmente privadas, puedan cancelar a los trabajadores, inclusive de manera parcial y no total, “el plazo impostergable es hasta el 31 de agosto”.
Girón dijo que son unas 1050 empresas registradas en el departamento, de las que sólo el 5% hizo la presentación con el incremento salarial. “Las empresas que incumplan con el incremento salarial serán sancionadas económicamente más el pago del incremento al trabajador”, indicó.
La funcionaria agregó que se está realizando la recepción de las planillas de incremento y los convenios salariales. “De acuerdo al decreto, todas las planillas tienen que llegar en este trimestre ya con el incremento salarial y con el retroactivo correspondiente a los conceptos del total ganado”, dijo.
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