02 junio 2012

Incremento salarial del 8% debe cumplirse hasta el 30 de agosto

De acuerdo al decreto 1213 que estipula el incremento salarial obligatorio del 8 por ciento, para empleados y empleadores, dicha normativa deberá hacerla cumplir el Ministerio de Trabajo hasta el 30 de agosto, informó Gonzalo Espinoza, inspector Departamental de Trabajo.

El incremento no es obligatorio para cargos gerenciales, sí para los trabajadores obreros con el retroactivo correspondiente desde enero hasta la fecha.

“Se hará la presentación de planillas hasta el 30 de agosto de este año para la verificación del pago de reintegro—dijo Espinoza—la normativa deberá cumplirse en la capital como en las provincias”.

Espinoza explicó que el nuevo salario mínimo es de 1000 bolivianos que corresponde a un incremento del 22.64 por ciento relacionado al 2011.

El cálculo del bono de antigüedad, de dos a cuatro años, es del cinco por ciento y el monto asciende a 150 bolivianos ; de cinco a siete años es el 11 por ciento, monto 330; de ocho a10 años el 18 por ciento monto 540;de11 a14 años es el 26 por ciento, monto 780;de15 a19 años es 34 por ciento, monto 1020;de20 a24 es 42 por ciento, monto 1260; y por último de25 amas años, el 50 por ciento cuyo monto es de 1500.

El plazo podría ampliarse un día más

Pese a que el plazo para el pago de incremento está programado hasta el 30 de agosto, sin embargo existe la posibilidad de ampliar un día más, es decir hasta el 31 de agosto.

En caso de no presentar planillas de reintegro se determinará el cobro de multas por el retraso en la presentación de las mismas.

Willan Mercado, secretario de Recursos Naturales Y Medio Ambiente dela Central Obrera dijo que son orgánicos y acatarán lo que digala Central ObreraBoliviana, con respecto al salario nacional.

DATOS

EL incremento es obligatorio pero hay una distinción por el rubro o cargo.

El plazo para cumplir con el incremento es el 30 de agosto.

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