06 junio 2014

TRABAJO SOLUCIONA EL 20% DE LOS LÍOS LABORALES

Un colectivo de especialistas en el tema elaboró una propuesta para modificar la Ley General del área, que mantiene vigencia en el país desde 1942.

El análisis de la Mesa Laboral, formada por especialistas, académicos y abogados laboralistas, llegó a la conclusión de que el Ministerio de Trabajo resuelve menos de la quinta parte de las denuncias laborales sometidos a su consideración y por ello, deriva la mayoría a la justicia laboral del país.

Esta fue una de las consideraciones por las que redactó un proyecto de Ley para reemplazar a la actual Ley General del Trabajo, con varias innovaciones y propuestas, como la incorporación de los servidores públicos, la universalización de las horas de trabajo, la consideración de la relación laboral con tiempos y horarios menores a las ocho horas, el reconocimiento de las relaciones especiales de trabajo y la creación de una instancia de resolución de casos menores, dentro del mismo Ministerio.

La propuesta, respaldada por el Colegio de Abogados de La Paz y el Instituto Prisma, será remitida a la Asamblea Legislativa.

Dinamización. Una de las principales razones por las que se plantea la renovación de la Ley del Trabajo es su antigüedad, ya que data de 1942 y más allá de los ajustes requiere incluir temas actuales, como el trabajo rural y el de deportistas profesionales, entre muchos otros.

Según el abogado Gonzalo Crespo, hay alrededor de 800 normas plenamente vigentes —leyes, decretos y resoluciones—, sobre las relaciones laborales, algunas de las cuales incluso no tienen concordancia entre artículos y con las demás. Hay otras parcialmente vigentes y regulaciones diferentes para un mismo tema, lo cual causa más problemas.

"En realidad son totalmente ineficaces y casi inexistentes en algunos casos, los procesos conciliatorios. Todo eso pasa a engrosar las causas que se derivan a la vía judicial, presionando mucho al ámbito judicial, es impensable que un juez pueda atender la cantidad de causas que tiene".

Por ello propone el arbitraje de los conflictos individuales.

LAS INNOVACIONES. Entre los aspectos novedosos de la propuesta se cuenta al reconocimiento de la huelga directa en caso de retraso en el pago de salarios o sueldos, incumplimiento de la seguridad social, y casos de inseguridad laboral.

También incorpora el trabajo de discapacitados, el teletrabajo —con tecnología—, en el hogar, el trabajo a domicilio y otras modalidades, que se incorporaron a partir de 1942.

CONTENIDO DEL PROYECTO

Éstos son algunos aspectos novedosos de la propuesta de ley laboral.

DETALLES

> Aplicación de la ley para todos los trabajadores públicos y privados, excepto las Fuerzas Armadas y la Policía.

> Regula las nuevas modalidades de contrato de trabajo, como las medias jornadas o por horas.

> Establece la jornada única de trabajo de 44 horas, para hombres y mujeres.

> Pone límites para la jornada extraordinaria.

> Regula los permisos y licencias.

> Propone un periodo único de vacación de 20 días.

> Define las formas de remuneración, así como causales y modificaciones de las condiciones de trabajo.

> Establece causas y efectos de la conclusión laboral.

> Define el despido y la renuncia indirectos.

> Establece la protección para mujeres en gestación, meternidad y paternidad.

> Señala la existencia de licencias por emergencias familiares.

> Proteje el trabajo de niños, niñas y adolescentes.

> Establece las circunstancias de denuncia para los casos de acoso laboral.

LA HUELGA DIRECTA DEBE SER RECONOCIDA SI EL TRABAJADOR NO RECIBE SU SUELDO 15 DÍAS DESPUÉS DEL PLAZO, SEGÚN LA PROPUESTA.

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