14 mayo 2016

Retroactivos deberán pagarse hasta 31 de mayo


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El Ministerio de Trabajo conminó ayer a las empresas privadas del país a pagar a sus empleados el retroactivo por el incremento salarial hasta el 31 de mayo próximo, y presentar el convenio colectivo con los representantes de los trabajadores hasta el 30 de junio.

La disposición se halla establecida en la resolución ministerial 444/16, que reglamenta el incremento salarial para la gestión 2016 en el sector privado y que ratifica un incremento al haber básico de 6 por ciento y al salario mínimo de 9 por ciento (hasta 1.805 bolivianos), conforme al artículo 7 del Decreto 2748 del pasado 1 de mayo.

La medida asumida por el Ejecutivo fue criticada por el sector privado, que remarcó que muchas empresas no podrán cumplir con el plazo e hizo notar que para la elaboración de la reglamentación el sector no fue invitado.

El presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Ronald Nostas, dijo que una vez más el sector sufre un trato discriminatorio del Gobierno, pues se les exige a los empresarios mientras en el sector público se hacen muchas concesiones.

Además, la resolución instruye presentar los convenios con los trabajadores a la Oficina Virtual de Trámites.

El incremento salarial no es obligatorio para ocho cargos jerárquicos de las empresas, como presidente, vicepresidente y miembros de directorios, así como gerentes y subgerentes.
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