El Ministerio de Trabajo otorgó un plazo de tres meses para la presentación de planillas trimestrales y del pago de retroactivo, es decir que hasta el 22 de julio las personas jurídicas o naturales deben cumplir con esta disposición para evitar ser sancionadas, informó el jefe departamental de Trabajo, Osvaldo Ortega.
"Nosotros esperamos con paciencia, pero ojalá no se espere hasta el último momento para hacer presentes las planillas que nos permitirán fiscalizar el cumplimiento de las empresas hacia sus trabajadores", sostuvo.
Enfatizó que esta fecha es improrrogable para la presentación de planillas por el pago de retroactivos, por lo cual no se existirá ampliación como ocurrió la pasada gestión y aún así hubo incumplimiento de algunas entidades, por lo cual solicitó que cumplan con lo establecido en la norma.
Dio a conocer que las empresas que hasta el 22 de julio no cumplan con lo establecido serán sancionadas por infracción a ley social e incumplimiento a normas sociales, recalcó que el decreto supremo sobre el incremento salarial es de cumplimiento obligatorio no existe persona jurídica o natural que pueda rehusarse a esto.
Asimismo, señaló que al existir la reglamentación al decreto supremo del incremento salarial, es obligación de los empleadores cancelar esto, por tanto a partir de abril se deberá pagar el incremento salarial del 8 % y el mínimo nacional que es de 1.200 bolivianos.
Mencionó que en el caso de las empresas o instituciones privadas, se puede negociar este incremento en base al porcentaje establecido en el decreto.
Indicó que el incremento salarial debe ser otorgado a todos los trabajadores tanto del sector público como privado.
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