18 abril 2013
Pago de salarios con incremento del 8% rige a partir de este mes
El Gobierno informó ayer que el incremento salarial del 8% para los sectores público y privado debe ser pagado desde este mes y con carácter retroactivo a enero de este año. Para el pago del alza salarial no se necesita la aprobación del reglamento del Decreto Supremo 1549.
“En realidad el incremento salarial rige a partir del mes de abril, porque nosotros aprobamos este mes el incremento salarial y es evidentemente retroactivo al mes de enero. Por lo tanto, el empresariado privado, en cumplimiento al Decreto Supremo (...), debe realizar el incremento salarial a partir del presente mes (...). No hay ningún óbice (impedimento) para que el sector privado empiece ya a pagar este incremento”, precisó ayer el ministro de Economía, Luis Arce Catacora.
El 10 de abril, el Órgano Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo 1549 que establece un aumento del 20% al salario mínimo nacional (SMN) y 8% al salario básico, en el marco del acuerdo al que arribaron el 5 de abril el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB). El SMN se incrementará de Bs 1.000 a Bs 1.200 a partir de este mes.
Ese día, Arce dijo también que los trabajadores y empleadores del sector privado deben negociar el aumento salarial sobre la base del 8% y no por debajo de dicho porcentaje. En tanto, señaló que los sectores de educación, Policía y Fuerzas Armadas recibirán un alza del 8%. En el caso de los trabajadores en salud se dispuso una escala inversamente proporcional.
Al día siguiente, los empresarios privados indicaron que estaban a la espera de que se apruebe el reglamento del decreto, el cual debería disponer el plazo para el cumplimiento del aumento salarial para los trabajadores.
El presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI), Mario Yaffar, dijo que a partir de mayo se iniciaría con el pago de los sueldos con el incremento salarial del 8% y será con carácter retroactivo a enero de este año.
El ministro Arce aclaró ayer que la reglamentación del decreto sólo establecerá “elementos adicionales y mucho más específicos de tipo laboral”, los cuales normalmente son dispuestos por el Ministerio de Trabajo. Por tal razón, afirmó que no hay ningún impedimento para que el empresariado privado comience a pagar el “incremento salarial a partir de este mes y no a partir del 1 de mayo”.
Por otro lado, Arce aseguró ayer que su despacho todavía realiza la “evaluación correspondiente” para el alza salarial de los trabajadores de entidades y empresas públicas, aunque no detalló el porcentaje del alza. En 2012, el Órgano Ejecutivo no otorgó un incremento salarial a los trabajadores del sector público, pero sí se dispuso una escala para sus trabajadores del nivel central y también determinó que su remuneración no sea menor a Bs 2.000.
El sector público
Posición
Arce dijo el 7 de abril que para el Estado el alza salarial del 8% y el aumento del 20% al mínimo nacional significa un gasto adicional de hasta $us 170 MM.
Alza salarial para jubilados se calcula con base en UFV
El Órgano Ejecutivo autorizó ayer que el incremento salarial para los jubilados se efectúe con base en la tasa de inflación. Ese índice se distribuirá de dos formas, el 50% será para todos y el restante 50% se aplicará de manera inversamente proporcional.
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, explicó ayer que se aprobó, vía Decreto Supremo 1558, el ajuste que tendrá la Compensación de Cotizaciones Mensual (CCM) en función a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV).
LA UFV es un índice de reajuste basado en el índice de inflación registrado en el país en cada gestión. Según la norma, la variación de la UFV registrada entre el 31 de diciembre de 2011 y el 31 de diciembre de 2012 fue de 4,79%.
Arce indicó que ese índice se distribuirá de dos formas: “El 50% es lineal para todos los trabajadores y el otro 50% va a ser inversamente proporcional para mejorar las rentas de quienes ganan menos respecto a quienes tienen rentas algo más altas y que será retroactiva al mes de enero” de este año. Agregó que con la medida “ya no va a haber más una compensación de cotizaciones fija”.
Privados piden que norma sea consensuada
Los empresarios privados piden que el reglamento del Decreto Supremo 1549 del incremento salarial del 8% sea “consensuado” con el sector debido a que la norma es “muy amplia” y no precisa la metodología para la aplicación de ese aumento.
“Creemos que el reglamento (del incremento salarial) tiene que ser lo más preciso y consensuado posible para evitar efectos en los costos de las empresas y para evitar perder productividad y competitividad”, señaló ayer el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Óscar Calle.
Calle afirmó que con el incremento salarial establecido, las firmas del sector textil y las pequeñas, medianas y microempresas son las más afectadas por lo cual se espera que esta situación sea contemplada en la elaboración de dicho reglamento.
El presidente de la Federación de Empresarios Privados de Santa Cruz, Gabriel Dabdoub, indicó que “es fundamental” que se apruebe el reglamento debido a que “hay muchas variables que no se tocan en el decreto” y son necesarias para establecer la “metodología” para aplicar el incremento.
El presidente de la Federación de Empresarios Privados de Cochabamba, Jaime Ponce, indicó ayer que el sector espera que el Gobierno cumpla su compromiso de que el empresariado privado participe en la elaboración del reglamento porque “el decreto como tal es muy amplio y es necesario hacer algunas precisiones en la norma”.
Calle agregó que los privados “están conscientes” que el alza salarial del 8% será con carácter retroactivo a enero de 2013, pero dijo que “esa retroactividad tiene que ser medida en cada empresa porque es una afección muy fuerte al flujo en efectivo (...). No por la carencia de ese capital operativo vayamos a quebrar algunas empresas”.
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