25 abril 2013

Incremento al salario mínimo en el sector productivo es del 40%

En el sector productivo, el nuevo Salario Mínimo Nacional (SMN) es de Bs 1.430 y no de Bs 1.200 como señala el Gobierno, en razón a los beneficios colaterales que perciben los trabajadores, afirmó ayer el presidente de la Cámara Nacional de Industrias, Mario Yaffar.

“Solamente el sector productivo tiene cargas adicionales que deberían estudiarse y eliminarse. Hay un nuevo salario mínimo de Bs 1.200, pero para el sector productivo es de Bs 1.430, reclamamos que el tratamiento sea equitativo igual para todos los sectores. No puede ser que exista un mínimo nacional y que para el sector productivo ese mínimo sea de Bs 1.430”, sostuvo el dirigente empresarial.

En ese ámbito indicó que la industria nacional ha mostrado un relativo dinamismo con un crecimiento de 3 a 4 por ciento donde se muestra de manera directa la inversión que se efectúa.

“Creemos que si se corrigen estas inequidades como más sueldos y más beneficios sólo para los trabajadores del sector productivo, se conseguiría mayor inversión. Queremos que el sector crezca al 7 por ciento y llegar a la agenda del 2025 en que la inversión sea del 25 por ciento del PIB y que nuestro gremio pueda aportar en esa misma magnitud y no como al presente que aportamos con el 16 por ciento del producto”, acotó.

ESFUERZO EMPRESARIAL

El pasado 11 de abril Yaffar sostuvo que “la demanda agregada interna (consumo de la población) está siendo atendida lo que permite que el sector industrial esté en un nivel muy aceptable de ocupación y de plenitud”, sostuvo.

En cuanto al nuevo salario básico y mínimo establecido por el Gobierno dijo que se aplicará desde el mes de abril y que el sueldo de mayo debe incluir el incremento dando cumplimiento a las disposiciones oficiales,

“Se dará cumplimiento a la retroactividad desde el 1 de enero. Hay fecha límite del 22 de junio para la suscripción de convenios con los trabajadores que no son fáciles, pero es una práctica que no debería preocupar a las autoridades”.

DECRETO

El decreto 1549 del 10 de abril contiene algunos artículos solicitados expresamente por la COB en el acuerdo firmado el viernes con el Gobierno, como el establecer una escala inversamente proporcional en el aumento de salarios de los trabajadores de Salud y de las Cajas de Seguro. Mientras que en el resto de los sectores el incremento será lineal.

El decreto fija una base de negociación de 8% para el sector privado, es decir, que sobre este porcentaje la parte patronal y laboral pueden establecer negociaciones para determinar el incremento que corresponda.

En el sector público, que incluye a los empleados de los ministerios, entidades desconcentradas y de las empresas públicas, se instruyó a los ministerios cabeza de sector que convoquen a las dirigencias sindicales para que sostengan reuniones a objeto de concretizar el tratamiento salarial en cada una de estas instancias.

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