28 noviembre 2013

Gobierno dice que doble aguinaldo debe ser cancelado sin descuentos



El Decreto Supremo 1802, Esfuerzo por Bolivia, que determinó el pago del doble aguinaldo para el sector público y privado, señala que el beneficio extraordinario tiene las mismas características que el habitual aguinaldo, por lo que no puede ser objeto de descuentos.

"El Decreto 1802 determina con claridad, dice dentro de las mismas características del aguinaldo que se paga, entonces es sin ningún descuento, es lo que dice, no son susceptibles ni de retenciones, ni de impuestos, ni de aportes, absolutamente no hay descuentos", señaló Santalla a la Red Uno.

Asimismo aclaró que los consultores en línea, trabajadores a contrato y personal eventual están tomados en cuenta para recibir el doble aguinaldo, no así los consultores que trabajan por producto.

Sin embargo señaló que el caso de eventuales y consultores en línea se pagará el beneficio "de acuerdo a las posibilidades de la institución, dependiendo de la disponibilidad de los recursos económicos".

Santalla recordó a los empleadores de las empresas públicas y privadas que el Decreto Supremo 1802 es claro cuando establece que todos los trabajadores que durante este año hayan trabajado por encima de los tres meses tienen derecho a este doble aguinaldo, no obstante los que no cumplieron los 12 meses, el pago debe ser por duodécimas. "Los trabajadores que ingresaron el 1 de octubre, en febrero (del próximo año) recibirán su doble aguinaldo", precisó.

El pago de este beneficio no toma en cuenta a los trabajadores independientes de servicios como sastres, albañiles, plomeros o pintores. "Ellos no tienen una dependencia laboral permanente y lamentablemente no les corresponde ese beneficio", sostuvo.

Consultado si estos trabajadores pueden elevar el costo de sus servicios, Santalla desechó esa posibilidad al sostener que el precio de los productos no sufrió modificaciones.

ANF

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